Información de Trámites

Departamento de Alumnos

Inscripción a la Universidad

Requisitos generales, requisitos documentarios y condiciones de admisión, requisitos documentarios y de admisión para Estudiantes Extranjeros, ingreso para mayores de 25 años sin título Secundario. Acceder a la información ampliada

Solicitud de equivalencias

Las solicitudes de equivalencias podrán ser presentadas para su tramitación en los siguientes períodos: ABRIL - MAYO y SEPTIEMBRE - OCTUBRE para los estudiantes regulares de la UNLu y durante el período de inscripción para los aspirantes.
Únicamente se tramitarán solicitudes de equivalencias por asignaturas dictadas en universidades nacionales, privadas con reconocimiento definitivo o institutos universitarios dependientes de ellas, o de Universidades extranjeras con las que se haya suscripto convenio.
Se podrán considerar solicitudes de equivalencias presentadas por estudiantes provenientes de institutos de nivel terciario no universitario, las que, en caso de obtener dictamen favorable de equivalencia, serán otorgadas PREVIO COLOQUIO.

Requisitos documentarios: las solicitudes se presentarán, por única vez, en Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de la Universidad, adjuntando la siguiente documentación, sin raspaduras ni enmiendas:

  1. Nómina de asignaturas del Plan de Estudios de la carrera en la que se ha inscripto cuya aprobación solicita por equivalencia.
  2. Certificado de materias aprobadas de la Universidad de origen en el que consten las respectivas calificaciones con fecha de aprobación, libro y folio y su escala numérica y/o conceptual.
  3. Plan de Estudios y programa analítico de las asignaturas, con la nómina de trabajos prácticos y/o de campo, bibliografía y carga horaria.
  4. Certificado de cancelación de inscripción en la Universidad de origen, si se tratara de una institución privada.

Toda la documentación detallada deberá estar autenticada por la Universidad de origen.

Tramitación: con la documentación detallada se formará número de orden, el que será constatado por la Dirección General Técnica y remitido a la Coordinación de la Carrera en la que el estudiante solicita equivalencias. El coordinador de la carrera, previo análisis de la documentación presentada, derivará el trámite a los Departamento académicos, quienes a través de los Jefes de División de cada asignatura emitirán dictamen fundamentado, de manera que las solicitudes se resuelvan previo al comienzo del cuatrimestre siguiente al del inicio del trámite.
El Dictamen de los Departamento Académicos será remitido a la Coordinación de la Carrera respectiva que lo elevará a la Dirección General Técnica para su resolución final.
A los efectos de obtener cualquiera de los títulos académicos expedidos por la Universidad Nacional de Luján, se exigirá, como mínimo, haber rendido y aprobado el cuarenta por ciento (40%) de las asignaturas que componen el Plan de Estudios de la carrera respectiva en esta Universidad. Si el estudiante estuviese en condiciones de obtener más del sesenta por ciento (60%) de las asignaturas aprobadas por equivalencia, la Coordinación de la Carrera dictaminará cuales son las asignaturas que integran o que están incluidas en dicho porcentaje.

Consideración de equivalencias: quedará sujeta a los siguientes requisitos:

  1. Sólo se otorgarán por equivalencias aquellas asignaturas que cumplan con el requisito de tener aprobadas por sí, o por dictamen de equivalencia, todas las asignaturas que conforman la línea de correlatividades previas a la que se está tramitando.
  2. No podrán tramitarse equivalencias parciales, ni se reconocerán equivalencias sobre asignaturas que a su vez hubieran sido aprobadas por equivalencia anteriormente.
  3. Para otorgar la aprobación por equivalencias será necesario determinar que se ha cubierto el setenta y cinco (75%) o más de los contenidos y los objetivos de formación exigidos por la UNLu para la asignatura en cuestión.
  4. Sólo se considerarán para el otorgamiento de equivalencias aquellas asignaturas aprobadas dentro de los diez (10) años anteriores a la solicitud, salvo recomendación expresa en contrario efectuada por la Comisión de Plan de Estudios de la Carrera.

Los dictámenes de los docentes deberán limitarse a recomendar la aprobación o desaprobación de la equivalencia, determinando si el porcentaje estipulado en el inciso c) se ha cubierto. A partir de ellos la Coordinación de la Carrera emitirá dictamen definitivo. En esta instancia, podrán denegarse las equivalencias de asignaturas que, a pesar de tener dictamen favorable, no cumplan con los prerrequisitos de correlatividades exigidas por el Plan de Estudios.
Mientras no se resuelva definitivamente sobre las equivalencias solicitadas, el estudiante no podrá cursar ni rendir asignaturas, seminarios o talleres que requieran como correlativas las que se encuentran en trámite.
Cualquier cuestión concerniente a equivalencias de asignaturas no contemplada en el presente, será dirimida por la Secretaría Académica, previo dictamen de la Coordinación de la Carrera respectiva.

Trámites de reválidas de títulos otorgados por universidades extranjeras

Requisitos documentarios: los interesados presentarán en el Departamento de Alumnos, además de la nota de petición, la siguiente documentación:

  1. Fotocopia autenticada del diploma expedido por la universidad de origen.
  2. Partida de nacimiento
  3. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad expedido por autoridades argentinas.
  4. Certificación académica que incluya el Plan de estudios, con la constancia de calificaciones obtenidas en todas las asignaturas, tesis y cualquier otra evaluación exigida para la obtención del título y grado respectivo, acompañados de la pertinente escala valorativa.
  5. Programa analítico de todas las asignaturas correspondientes a su carrera, con su bibliografía general y especial, y el total de horas-clase, donde conste que su contenido es el rendido por el interesado en los exámenes pertinentes, e incluyendo una descripción de los trabajos prácticos efectuados por el recurrente cuando así proceda.
  6. Constancia de premios o menciones obtenidas en el curso de estudios universitarios, si así procede.

Toda documentación extranjera deberá contener las legalizaciones correspondientes y en caso de encontrarse escrita en idioma foráneo, deberá estar acompañada de su traducción al español, efectuada por Traductor Público matriculado.

Tramitación: con la documentación especificada precedentemente, se formará expediente por Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo el que será girado a la Coordinación de la Carrera. Ésta agregará el detalle del plan de estudios vigente en la UNLu y lo elevará a la Comisión que corresponda del Honorable Consejo Superior, adjuntando un informe preciso y fundamentado.
La Comisión que reciba el trámite, estudiará los antecedentes y podrá requerir al interesado o a cualquier organismo de la Universidad las aclaraciones o documentación complementaria que estime oportuno y adoptará todas las diligencias y procedimientos que considere necesarios para un mejor proveer. Finalmente, confeccionará su informe para el Honorable Consejo Superior. En caso de existir en la tramitación criterios dispares, deberán exponerse con claridad los fundamentos de las distintas posturas para la consideración final del H. Consejo Superior antes de la resolución definitiva.
Sólo podrán solicitarse reválida de títulos extranjeros. No se admitirá petición de esta índole para estudios realizados en establecimientos educativos argentinos.
La reválida del título se otorgará, cuando así proceda, de acuerdo con el nomenclador equivalente de esta Universidad y nunca con la denominación del título original, salvo que ésta fuera coincidente.
Sólo podrán revalidarse títulos que se correspondan con las carreras vigentes en esta Universidad al momento de efectuarse la petición. No se dará reválida de las carreras que hubieren dejado de dictarse, ni tampoco de las que se encuentren en estudio o en trámite de creación.

Incumbencias y alcances: sólo podrá revalidarse el grado o nivel académico que dicte la Universidad, si fuera equivalente. De no existir tal equivalencia podrá conferirse la reválida en un grado o nivel académico que fuera menor al del título de origen y nunca, por ningún concepto, uno superior.
Cuando la reválida se conceda a un ciudadano extranjero, se insertará en su diploma atestación expresa que el mismo no autoriza el ejercicio profesional en nuestro país, salvo autorización formal del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en sentido contrario.

Para mayor información dirigirse a Dirección General Técnica.

Contacto:
Dirección General Técnica - Departamento de Alumnos
e-mail: dgt@mail.unlu.edu.ar
Sede Central: Casilla de Correo 221
6700 – Luján (B)
TE: 00 - 54 - 2323 - 423979/423171 interno 231

Solicitudes de inscripción en asignaturas como Alumnos Vocacionales

Condiciones generales: La solicitud se presentará en el Departamento de Alumnos para su tramitación en las fechas previstas para la inscripción en asignaturas de cada cuatrimestre. En ella se dejará constancia de la condición invocada por el aspirante y se girará a la Unidad Académica respectiva para requerir el conforme del docente responsable del curso.
Una vez aceptado como alumno vocacional, éstos tendrán los mismos deberes y obligaciones que los estudiantes regulares.
Concluida la cursada el docente responsable enviará a la Dirección General Técnica, la nómina de alumnos vocacionales con la calificación obtenida para su registro y certificación extracurricular.

Condiciones particulares: podrán cursar asignaturas como alumnos vocacionales

  1. Docentes y personal técnico – administrativo y de maestranza: la constatación de su condición se requerirá a la Dirección General de Recursos Humanos.
  2. Graduados: la constatación se realizará con la presentación de fotocopia del título universitario. La misma se adjuntará al trámite. 
  3. Alumnos: deberán ser estudiantes regulares de la/s carrera/s en que se encuentran inscriptos, con dos (2) cuatrimestres aprobados. Y las asignaturas a cursar no deben pertenecer al Plan de Estudios de la/s carrera/s en que se encuentren inscriptos.

El cursado vocacional de asignaturas no exige ni amerita validación académica previa ni posterior a su cursado

Departamento de Títulos

Solicitud de Título

Este trámite se realiza de forma personal y requiere la presentación de la siguiente documentación:

  • Fotocopia de las páginas identificatorias del DNI y cambios de domicilio (si los hubiera).
  • Libre deuda de biblioteca. Esta Certificación se tramita en la Biblioteca de la Sede Central.
  • Fotocopia de título secundario

Durante el proceso de solicitud de título (que se realiza en Sede Central) será obligatorio completar la encuesta del sistema de seguimiento de graduados SIU-Kolla, de acuerdo a lo establecido por Res. Rec. Nro. 715/10.

Solicitud de duplicado de diploma

Ante la eventual pérdida o extravío del diploma el graduado podrá solicitar a la Universidad el duplicado del documento en cuestión. 
A tal fin el interesado deberá presentar la siguiente documentación:

  • Nota de solicitud de duplicado de diploma.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (1ª y 2ª hoja) y cambios de domicilio si los hubiere.
  • Denuncia de la pérdida o extravío realizada ante autoridad competente.

Una vez constatados los datos, con la documentación presentada por el recurrente más la documentación que la Dirección General Técnica crea oportuno agregar, se formará expediente por Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y se elevará el mismo a la Secretaría Legal y Técnica para la tramitación correspondiente. 
Concluida la misma y con dictamen favorable al respecto, se procederá a la confección del duplicado del diploma. El mismo será entregado al interesado, previa notificación, por ventanilla en el departamento de Títulos y en las semanas posteriores a las Colaciones de Grados que se realizan cada año.

Departamento de Programas y Certificaciones

Solicitud de Certificado de asignaturas aprobadas

El estudiante deberá completar el formulario que se encuentra habilitado para tal fin y entregarlo al personal que lo atenderá por ventanilla. El certificado en cuestión podrá ser retirado a partir de las 72 hs. De haber entregado la solicitud.
Si la certificación exigiera control, registro y firma de porcentaje de asignaturas aprobadas podrá ser retirado a la semana siguiente de haberse realizado la solicitud.

Solicitud de legalización de Programas

El solicitante podrá concurrir en forma personal o comunicarse vía telefónica o por e-mail para convenir un turno para realizar el fotocopiado de los programas que desea legalizar. En la fecha estipulada el estudiante acude al Departamento; en caso de no poder hacerlo en forma personal, podrá enviar a otra persona con autorización escrita y firmada que la acredite a ir en su representación.
Se entregarán originales del Plan de Estudios en el que se encuentra inscripto y de los programas de las asignaturas que el solicitante acredite aprobadas según el Sistema de Control Académico, quedando libre de certificación aquellas asignaturas que hayan sido aprobadas por equivalencia, asignaturas en condición de regular y asignaturas eximidas de cursado y aprobación. El estudiante realizará el fotocopiado de la documentación entregada, quedando a su cargo el costo de las fotocopias. Deberá dejar en el Departamento de Certificaciones una identificación que respalde a la institución en caso de hurto de los originales que se le dieron a préstamo. A partir del las 72 hs. de entregar las copias y los originales, podrá comunicarse para proceder al retiro de la legalización solicitada.

Universidad Nacional de Luján - Ruta 5 y Avenida Constitución - (6700) Luján, Buenos Aires, Argentina.
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